Revolución digital y nuevo contrato social 0 784

Contrato Social

El Covid-19 ha puesto de manifiesto la necesidad de adaptarnos a una “nueva normalidad” en que las cosas ya no serán como antes.  Los smart contracts están llamados a desempeñar un papel fundamental en la redacción del nuevo contrato social, por sus capacidades de dotar de transparencia e inviolabilidad los acuerdos suscritos entre las partes en ellos.

El grave problema de confianza generado por el coronavirus ha provocado un Shock de oferta y demanda global. Es decir, se produce menos y se demanda y consume menos.

La solución a la crisis planteada no sólo reside en que los bancos centrales inunden el mercado de liquidez. Los bancos pueden imprimir todo el dinero que quieran, pero nadie irá al dentista hasta que paciente y facultativo tengan la certeza de que ambos no están infectados. Se trata de un problema de confianza, que es la base de la economía de mercado y de las sociedades democráticas.

Actuar desde la desconfianza

Más allá de la confianza necesaria para reactivar la economía, estamos viendo como los propios gobiernos e instituciones como la Unión Europea están actuando desde la desconfianza y el miedo. John F. Nash, Nobel de Economía, descubrió que una inadecuada asignación de incentivos conduce a los agentes económicos a tomar decisiones individuales perjudiciales para el conjunto. Pero también para ellos mismos.

En este sentido, la economía post-Covid-19 está abocada irremediablemente al “Equilibrio de Nash”, donde cada agente económico buscará su mejor opción, prolongando así la recesión entre todos. Por ejemplo, un hotel puede mantener al personal o despedir. Ante el negro panorama, planea despedir. Los ciudadanos pueden ir de vacaciones o quedarse en su casa. Por miedo, esperarán a tomar una decisión. La consecuencia será una caída de demanda, despidos y una recesión larga y estructural. Cada una de las partes elegirá una opción mala para todos, porque piensa que el otro no va a variar su decisión.

Actualmente, esta premisa puede deshacerse con la trazabilidad de información veraz y transparente que proporciona la tecnología Blockchain. Si yo sé que tú vas a consumir, yo no voy a despedir. Si yo sé que tú vas a producir y contratar, yo también voy a seguir invirtiendo y consumiendo.

Revolución digital y nuevo contrato social

Todas estas cuestiones plantean la necesidad de actualizar la versión caduca de nuestro actual contrato social. La revolución digital y los cambios derivados de la pandemia afectarán a la manera de producir y a la redistribución del capital. Pero también abren grandes retos en el tejido social. Rousseau decía que para vivir en sociedad los seres humanos acuerdan un contrato social. Un contrato que otorga ciertos derechos, a cambio de abandonar la libertad natural.  Así, los derechos y deberes de los individuos constituyen las cláusulas del contrato social, en tanto que el Estado es la entidad creada para hacer cumplir el contrato.

La permanente revolución digital está dando lugar a una nueva sociedad, donde lo único constante es el cambio.

Como consecuencia, surgen nuevas formas de trabajo que exigen cambios en las regulaciones y en los derechos de protección de los consumidores. Sobre todo, en cuestiones vinculadas con la propiedad de los datos y la privacidad.

En las últimas décadas, la transformación tecnológica y social ha sido tan profunda que ha perturbado los principios fundamentales del actual contrato social. La segunda revolución industrial trajo consigo un contrato social que aseguraba la prosperidad de la mayor parte de las sociedades de las economías avanzadas. En esta lógica, a la Cuarta Revolución Industrial le correspondería un nuevo contrato social, acorde con las necesidades actuales.

Sólo la mitad de la riqueza proviene de los salarios

Datos recogidos por Opportunity Insights reflejan que el 90 por ciento de los nacidos en 1945 se ganaban la vida mejor que sus padres. En la actualidad, los jóvenes que tienen 30 años viven peor que los que tenían su misma edad hace una década. Podría decirse que hasta los años 70 del pasado siglo, los cambios en el coste de la vida se ajustaban con la productividad nacional.

En la actualidad, pese al aumento significativo de la capacidad productiva, los salarios están estancados. Desde 1973, la productividad ha crecido un 246 por ciento. Sin embargo, los salarios solo lo hicieron un 114 por ciento en 2010. según la OIT, esta disociación se explica porque sólo el 51,4 por ciento de los ingresos mundiales provienen del empleo. El 48,6 por ciento de la riqueza producida restante va a los propietarios del capital, lo que significa que los rendimientos provienen de inversiones.

Sólo la mitad de la riqueza proviene de los salarios y el reparto es bastante desequilibrado.

En la actualidad, la brecha salarial entre el salario máximo y mínimo se ha disparado. Si en 1978 la ratio era de 30 a 1.  En 2017, un CEO cobraba hasta 300 veces más que cualquier trabajador de base.

Propietarios del capital

En este sentido, el Premio Nobel de Economía, Robert Solow, sostiene que la economía y lo social son indisociables y que el crecimiento debe, a largo plazo, beneficiar de manera igualitaria a todas las clases sociales. Para el reconocido escritor Thomas Piketty, a largo plazo, el retorno promedio sobre el capital supera la tasa de crecimiento de la economía, provocando que los propietarios del capital se enriquezcan cada vez más rápidamente que el resto de la población.

Además de los cambios producidos en el ámbito laboral como consecuencia de la transformación tecnológica, existe la impresión generalizada de que una fuerza poderosa impulsa los ingresos hacia el capital y los aleja del trabajo. Desde 1970, el porcentaje total de la renta nacional relacionada con el trabajo en las economías avanzadas, pasó del 54 por ciento a menos del 40 por ciento en 2015. En Estados Unidos, el 70% de los hogares no ha percibido un aumento real por los ingresos procedentes del trabajo y de las rentas en los últimos treinta años.

Continuando con este análisis de cifras, en los últimos lustros, la mayoría de las economías de la OCDE han registrado tasas de crecimiento muy rápidas. El PIB de Estados Unidos pasó de 2,8 billones de dólares en 1980 a más de 20 billones en la actualidad. En el mismo periodo, el PIB de Reino Unido aumentó de poco más de 560.000 millones de dólares a más de 2,6 billones de dólares. En la actualidad, muchos datos demuestran el estancamiento  producido en las clases medias occidentales en las tres últimas décadas.

Igualmente, la escasez de personal cualificado en la mayoría de las empresas de la UE, muestra la necesidad de acometer cambios urgentes en el ámbito laboral y educativo. Las personas no reciben la educación y formación adecuadas, pese a que en los últimos veinte años han aumentado los empleos que requieren competencias  digitales. Según un informe de The Brookings Institution, dos tercios de los empleos creados en Estados Unidos entre 2002 y 2016 requerían competencias digitales de nivel medio o alto, definidas como la capacidad de trabajar con software y hardware de manera compleja.

Los datos, un factor de producción

El panorama empresarial se ha transformado radicalmente con la digitalización, donde los mercados han cambiado su modo de operar por la exponencialidad y los efectos de red generados, creándose una carrera digital con claros ganadores y perdedores. Las empresas capaces de recopilar y procesar datos de sus operaciones o clientes pueden aumentar su productividad y ser más competitivas. El resto se quedan rezagados. Lo que da lugar a mercados con fuertes características oligopolistas o monopolistas.

El uso generalizado de internet y de un ecosistema de aplicaciones, creado a costa de la explotación de datos personales, representa un grave problema para la privacidad de las personas. Los datos son el nuevo oro de la economía digital. Por ello, deberían considerarse un factor de producción, como la tierra, el trabajo y el capital. Si los datos son un factor de producción, propiedad de la persona que los produjo, entonces debería pagarse a esa persona por el uso de sus datos. Pero también limitar y regular la actividad de los Data brokers. Ello supondría una importante fuente de ingresos para los ciudadanos. Dichos pagos ya son factibles, gracias a la tecnología de la cadena de bloques.

En estas nuevas circunstancias, los gobiernos trabajan por comprender la naturaleza y el alcance de las amenazas que ofrece el ciberespacio y por encontrar los mecanismos de gobernanza adecuados para contenerlas. Del vacío  por la inacción del gobierno, surge la sensación de ineficacia de los actores públicos, lo que obstaculiza aún más la legitimidad del contrato social.

Smart contracts y Teorema de Coase

De ahí, la necesidad del uso de smart contracts para definir el nuevo contrato social del siglo XXI. Pero también la necesidad de que los contratos inteligentes tomen como referencia los principios del Teorema de Coase. Este  teorema, que debe su nombre al profesor de la universidad de Chicago, Ronald Coase, dice que si las leyes de propiedad están claras y el coste de firmar un contrato libre entre las partes es pequeño, no es necesaria la intervención del Estado para corregir externalidades, ya que los implicados llegarán a un acuerdo privado beneficioso socialmente.

La tecnología Blockchain y los smart contracts, combinados con los principios del Teorema de Coase muestran el camino hacia un nuevo contrato social más útil y transparente. Las multas y tributos que muchas veces impone el Estado a las empresas y personas resultan mucho más ineficientes e injustas que el empleo de mecanismos transparentes de negociación de libre mercado. Lo óptimo sería que las partes lleguen a un acuerdo de “ganar-ganar” en el que todos estén satisfechos. Y esto puede lograrse mediante el uso de smart contracts.

Regulación

Por ello, para afrontar el nuevo contrato social es necesario que los actores implicados puedan negociar sus intereses de manera veraz, transparente e incorruptible. En este sentido, los smart contracts y los procesos de tokenización, facilitan el consenso de todos los implicados, reduciendo extraordinariamente los costes de transacción. Es decir; que la tecnología Blockchain y los smart contracts permiten llevar a la práctica el Teorema de Coase.

Por último, los poderes públicos deben velar por una regulación positiva, transparente y operativa de la tecnología de la cadena de bloques y también por el buen cumplimiento del nuevo contrato social, atendiendo a la seguridad y a la privacidad de nuestros datos.

Autor: Ismael Santiago vía Observatorio Blockchain

Previous ArticleNext Article

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *