El informe El derecho al cuidado en la planificación estratégica urbana: ¿cómo abordarlo? es una publicación del Centro Iberoamericano de Desarrollo Estratégico Urbano (CIDEU), en colaboración con el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO) y ONU Mujeres diseñado como una guía conceptual y metodológica para que los gobiernos locales incorporen el derecho al cuidado desde un enfoque feminista en todos los ámbitos de la planificación estratégica urbana.
El documento nace en el marco de un proyecto seleccionado por la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) dentro de iniciativas que buscan mejorar condiciones de vida para colectivos vulnerables. Su objetivo central es brindar herramientas para reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidados, que históricamente ha recaído de manera desproporcionada en las mujeres y en espacios no remunerados, como un eje estructurante de las políticas urbanas.
El informe parte de una idea central: los cuidados no son un asunto privado ni aislado, sino un elemento esencial del bienestar social y un derecho humano que las ciudades modernas deben garantizar. Tradicionalmente, la planificación urbana ha adoptado una lógica androcéntrica, centrada en individuos sin responsabilidades de cuidado, lo que ha invisibilizado las necesidades de mujeres, personas mayores, infancias y otros grupos vulnerables.
La planificación tradicional divide la ciudad entre lo “público” (productivo) y lo “privado” (reproductivo), dejando los cuidados en este último ámbito y fuera de la agenda urbana.
El informe se basa en el concepto de derecho a la ciudad, desarrollado por Henri Lefebvre y promovido por numerosas organizaciones internacionales. El derecho a la ciudad implica que todas las personas, sin importar género, edad, raza u otro factor, deben poder acceder a espacios, servicios y recursos urbanos de forma equitativa, con dignidad y sin discriminación. En particular, la guía subraya que las desigualdades de género en los cuidados se expresan también en desigualdades espaciales: mujeres suelen realizar trayectos más complejos en su día a día, dependen más del transporte público y requieren proximidad a servicios, demandas que no han sido atendidas por diseño urbano tradicional.
La guía adopta un enfoque feminista del cuidado, que no se limita a reconocer el trabajo de cuidado, sino que propone transformar la cultura social y urbana que perpetúa la división sexual del trabajo. Este enfoque implica reconocer cómo las normas y expectativas de género influyen en la organización social del trabajo de cuidados y en las oportunidades de acceso a derechos urbanos. Para superar estas desigualdades, es fundamental pensar la ciudad como un espacio donde el cuidado se organiza de forma colectiva, sostenible y equitativa.
Desde esta perspectiva, el cuidado deja de ser un “asunto privado” y se convierte en un componente estructural del desarrollo urbano sostenible. El cuidado incluye no solo la atención directa a las personas (niñas, niños, personas mayores, en situación de discapacidad, etc.), sino también las actividades indirectas y la gestión de los cuidados (coordinación, organización, servicios, etc.). Por ello, el enfoque no se limita a los servicios de cuidado tradicionales, sino que abarca un conjunto de infraestructuras de cuidado: físicas, sociales, institucionales y tecnológicas.
Las infraestructuras de cuidado
Una de las aportaciones conceptuales más importantes del informe es la noción de infraestructura de cuidados, entendida como el conjunto de recursos, servicios, equipamientos, redes comunitarias y políticas públicas que permiten garantizar el derecho al cuidado en la vida cotidiana. Estas infraestructuras son tanto materiales como inmateriales:
- Infraestructura física: guarderías, centros de día, residencias, servicios de salud, espacios públicos accesibles y seguros que faciliten la realización de actividades de cuidado.
- Infraestructura social y comunitaria: redes vecinales, asociaciones comunitarias, cooperativas de cuidado, espacios intergeneracionales y participación ciudadana organizada.
- Infraestructura normativa e institucional: leyes y políticas que promuevan la corresponsabilidad del cuidado entre el Estado, el mercado, las familias y la comunidad (por ejemplo, licencias de cuidado, servicios de atención domiciliaria, dependencia, etc.).
- Infraestructura tecnológica: plataformas digitales que coordinen servicios de cuidado, tecnologías que apoyen la autonomía y sistemas de teleasistencia.
Este enfoque reconoce que el cuidado no es una responsabilidad individual o familiar, sino una función social que debe estar integrada en las bases mismas de la planificación urbana, con inversiones y políticas que permitan su sostenibilidad y equidad. La guía propone, en ese sentio, que el derecho al cuidado se incorpore en todas las fases del ciclo de planificación estratégica urbana:
- Diseño de la estrategia: incluye la realización de diagnósticos participativos con perspectiva de género y cuidados, la definición de objetivos que reconozcan las necesidades de cuidados y la identificación de brechas territoriales o demográficas que afecten a diferentes grupos poblacionales.
- Implementación: integración de metas de cuidado en políticas públicas, asignación de recursos, coordinación intersectorial y establecimiento de mecanismos participativos y deliberativos para garantizar que las soluciones atiendan las necesidades reales de las comunidades.
- Evaluación: uso de sistemas de indicadores sensibles al género y a las desigualdades en el cuidado, auditorías de género y mecanismos de seguimiento que permitan ajustar políticas y medir impacto.
La guía destaca la importancia de contar con gobernanza intersectorial que supere la fragmentación administrativa tradicional y promueva la colaboración entre diferentes áreas de gobierno (servicios sociales, movilidad, espacios públicos, desarrollo urbano, etc.) y la sociedad civil.
Prácticas inspiradoras y recomendaciones
Aunque el enfoque de cuidado en la planificación urbana es reciente, el documento incluye ejemplos inspiradores de ciudades iberoamericanas que han avanzado en la integración de estas ideas en distintos niveles de planificación. Estos casos sirven para ilustrar cómo se pueden articular políticas concretas que reconozcan, redistribuyan y reduzcan la carga de trabajo de cuidados. Las recomendaciones clave que emergen del informe son múltiples, entre ellas:
- Clarificar conceptos y que los gobiernos definan qué significa “cuidado” en sus contextos locales.
- Promover un enfoque transformador de género, que supere respuestas superficiales o fragmentadas y aborde las causas profundas de las desigualdades.
- Crear procesos participativos inclusivos, que incorporen la voz de mujeres, personas cuidadoras y otros grupos históricamente invisibilizados.
- Establecer mecanismos de financiamiento sostenibles para políticas de cuidado, vinculándolos a presupuestos públicos y políticas integrales.
- Fortalecer la gobernanza y coordinación intersectorial, promoviendo la corresponsabilidad entre Estado, mercado, comunidades y familias.
En definitiva, el informe de CIDEU representa un avance conceptual y práctico en la discusión acerca de cómo “las ciudades 5.0” pueden ser espacios que no solo provean servicios y oportunidades económicas, sino que también aseguren el bienestar integral de las personas a lo largo de su vida. Integrar el derecho al cuidado en la planificación estratégica urbana implica un cambio de paradigma para diseñar ciudades que reconozcan y se hagan cargo la diversidad de necesidades y las pongan en el centro las políticas urbanas.
Acceso al informe del CIDEU

